Quiero votar, pero trabajo
Este domingo 7 de junio de 2009 son las Elecciones al Parlamento Europeo. En caso que trabajes ese día, debes saber que puedes solicitar un permiso en la empresa para ir a votar, tal y como queda recogido en el Estatuto de los trabajadores.
Características del permiso para ir a votar:
* El empresario está obligado a concederlo a los empleados bajo las siguientes condiciones:
– Cuando el horario de trabajo se solape más de 2 horas y menos de 4 con el de la apertura de los colegios electorales, el permiso concedido debe ser de 2 horas.
– Si el solape de los horarios es igual o superior a las 4 horas, el permiso concedido debe ser de 4 horas.
Estas duraciones del permiso se reducirán proporcionalmente si el trabajador ese día hace una jornada inferior a la habitual.
En el caso que el solapamiento de horarios sea menor a las 2 horas, el empresario no está obligado a conceder el permiso.
* El tiempo utilizado para ir a votar no debe recuperarse ni tiene ningún efecto sobre nuestra nómina.
* El horario del permiso lo definirá el empresario, teniendo en cuenta que debe coincidir con el horario de apertura de los colegios electorales.
* El empresario puede solicitar un justificante, que te entregarán en el colegio electoral al ejercer tu derecho a voto.
Si nos toca formar parte de la Mesa Electoral o ser interventores:
* y el día 8 trabajas tienes derecho a tomarte todo el día para ejercer tu deber como ciudadano, además de las 5 primeras horas de la jornada del lunes.
* Y el día 8 no te toca trabajar, puedes gozar un permiso de las 5 primeras horas de la jornada del lunes.
* Si trabajaras en el turno de noche el sábado, puedes solicitar un cambio de turno a la empresa.
Este es un breve resumen de esta normativa, pero dispones de todos los detalles en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.
¡No hay excusas para no votar!
Fdo. Xen